Economista, Actuario de Seguros, Diplomado en CCEE y Profesor Mercantil

Sobre este procedimiento cabe indicar con carácter general:

  • Consiste en reconocer en España los títulos obtenidos por los ciudadanos nacionales de cualquier Estado Miembro de la UE, de los Países integrantes en el Espacio Económico Europeo (Islandia, Noruega y Liechtenstein) y Suiza, para el acceso al ejercicio de una profesión o actividad regulada en España , con los mismos efectos que si se hubiera obtenido el correspondiente título español.
  • La solicitud debe dirigirse, en el formulario que figura al final de esta página, a la Secretaría de la Comisión de Evaluación para las profesiones de Economista, Actuario de Seguros, Diplomado en Ciencias Empresariales y Profesor Mercantil, en el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa​, Paseo de la Castellana, 162, 9ª planta - 28046​ MADRID. La solicitud debe ir acompañada de las copias auténticas de la documentación que se detalla en el formulario, así como de las correspondientes traducciones juradas al idioma español (las traducciones pueden ser hechas también por la representación diplomática o consulado de España en el extranjero, o por la representación diplomática o consulado en España del país cuya n​acionalidad ostenta el solicitante).​

Aviso importante: finalización período transitorio BREXIT

Normativa aplicable: Real Decreto-ley 38/2020, de 29 de diciembre, por el que se adoptan medidas de adaptación a la situación de Estado tercero del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte tras la finalización del periodo transitorio previsto en el Acuerdo sobre la retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, de 31 de enero de 2020 (B.O.E. de 30 de diciembre de 2020).

El artículo 4 del Real Decreto-ley 38/2020, de 29 de diciembre, se refiere:

  • A las solicitudes de reconocimiento de cualificaciones profesionales obtenidas en el Reino Unido o en cualquier otro Estado miembro de la UE-EEE-Suiza que se presenten por nacionales del Reino Unido.
  • A las solicitudes de reconocimiento de cualificaciones profesionales obtenidas en el Reino Unido por españoles o por nacionales de otro Estado miembro de la UE-EEE-Suiza.
Respecto de estas solicitudes, se aplicará el régimen vigente a 31/12/2020 a las solicitudes que se presenten dentro de los 5 años siguientes a la entrada en vigor del Real Decreto-ley (1/1/2021), es decir, antes del 1/1/2026, siempre que la admisión al inicio de los estudios correspondientes se hubiera efectuado antes del 1/1/2021.

Por ello, SE RECUERDA QUE EL 31 DE DICIEMBRE DE 2025 TERMINA EL PERÍODO DE TRANSICIÓN BREXIT PARA ESTE PROCEDIMIENTO. Cualquier solicitud afectada por el Brexit y presentada después del 31 de diciembre de 2025 será inadmitida.

Guía informativa sobre el procedimiento

Reconocimiento de títulos para el ejercicio en España de las profesiones reguladas de Economista, Actuario de Seguros, Diplomado en Ciencias Empresariales y Profesor Mercantil.​​

(Esta nota es meramente informativa. Para conocer los términos exactos del procedimiento deberá acudirse a la normativa que regula el mismo)